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Nueva Ley: Grabar patente en Ventanas y espejos

Conoce el valor de la multa por no grabar la patente de tu automóvil en vidrios y espejos.

Este lunes 4 de septiembre entró en vigencia la ley que obliga a los conductores a tener grabada la patente en los vidrios y espejos de sus vehículos.

Esta nueva normativa tiene la finalidad de prevenir la venta de automóviles robados, cuenta con un plazo máximo establecido para que los dueños se ajusten a la norma. Además, establece una multa para aquellos que no lo realicen.

¿Qué dice la normativa?

La Ley establece la obligatoriedad de marcar los números de la placa patente y el VIN en los vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en el país.

Eduardo Vergara, subsecretario de Prevención del Delito comentó: “el balance del trabajo de la fuerza público-privada nos permite hoy decir que tenemos una baja de 23% en el robo violento de vehículos en la Región Metropolitana y a nivel nacional ya llegamos a una reducción de 19%”.

Además resalto el resto de medidas:

  • La consideración como delito de transitar con patente falsa.
  • La prohibición de transitar con cualquier tipo de luz que impida su lectura en las autopistas y toda tecnología que pueda detectar las patentes

¿Cuáles son los plazos para cumplir esta nueva ley y el valor de la multa?

En cuanto al plazo para que los conductores adscriban a esta nueva normativa, desde la Subsecretaría de Prevención del Delito señalaron que hay dos periodos, quedando de la siguiente manera:

  • Vehículos nuevos: deberán ser grabados antes de su comercialización.
  • Vehículos usados: 12 meses a partir de la publicación de la ley.

Es importante mencionar que la nueva legislación sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo la venta de vehículos robados.

Además, establece la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla hasta por 5 años.

En caso de conducir un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo la multa corresponde de 50 a 100 UTM.

No obstante, se agregan las siguientes causales para el retiro de circulación de los vehículos y su disposición ante los juzgados de policía local:

  • No tener los certificados de revisión técnica al día
  • No tener certificado de homologación individual
  • Circular con placa patente oculta, en mal estado o con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterado o borrado.
  • La iniciativa, también aumenta el rango de multa para algunos casos y realiza ajustes a la Ley 20.931, sobre aplicación efectiva de penas en robo, hurto y receptación.

Por último, se modifica el Código Penal para incluir como agravante en los delitos de hurto y robo, el ejecutarlos usando un vehículo sin placa patente (delantera, trasera o ambas) o si están ocultas.

Finalmente, serán agravantes usar vidrios oscuros o polarizados que favorezcan el ocultamiento de la identidad del conductor.

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