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¿Cómo renovar el Subsidio Único Familiar ?

Beneficio económico que se entrega por carga familiar.

El Subsidio Único Familiar es un beneficio que se le entrega a todas las familias que pertenezcan al 60% de mayor vulnerabilidad del país, de acuerdo al Registro Social de Hogares, las que reciben un monto por cada carga familiar que cumpla con los requisitos.

El aporte económico que se entrega desde el 1 de mayo de este año es de $20.328 por carga familiar, aunque el dinero que reciben las personas con discapacidad corresponde al doble, es decir, $40.656.

¿Cómo renovar el subsidio familiar?

Las personas que deseen renovar este beneficio, deben hacerlo de manera presencial en la municipalidad correspondiente, presentando una serie de documentos que forman parte de los requisitos:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
    Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Una vez habiendo entregado la documentación antes mencionada, obtendrá la respuesta en el mismo municipio al que acudió para hacer el trámite.

¿Cómo saber si eres beneficiario(a) de este aporte?

¿Quiénes reciben los pagos?

Las personas que pueden recibir este beneficio son quienes no pueden proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación. Así, el aporte va dirigido en el siguiente orden a:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o discapacitados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

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