Estado Virtual
Estado Virtual > BONOS > Bono Post Laboral: ¿Sabías que se entrega de por vida?

Bono Post Laboral: ¿Sabías que se entrega de por vida?

Infórmate sobre quiénes pueden solicitar el bono post laboral.

El Bono Post Laboral es un aporte en dinero, que entrega el Estado mensualmente y tiene la particularidad que se entrega para toda la vida.

El monto del beneficio para este año 2023 alcanza los $90.877, los que se deben pedir ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones el solicitante, dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión.

¿A quiénes esta dirigido este bono?

El bono está dirigido a los trabajadores públicos que cumplan con ciertos requisitos.

¿Quiénes pueden solicitar este bono?

De acuerdo a lo que informa la Superintendencia de Pensiones, las personas que pueden solicitar este beneficio son quienes hayan sido trabajadores del sector público que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales
  • Contraloría General de la República
  • Consejo Nacional de Televisión
  • Consejo Superior de Educación
  • Dirección General de Aeronáutica Civil
  • FONADIS
  • SERCOTEC
  • CONAF

¿Qué requisitos deben cumplir quienes soliciten el bono?

Las personas deben cumplir con los siguientes requisitos para recibir el Bono Post Laboral:

  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

NUESTRAS REDES:

Síguenos para que te mantengas al tanto de cada beneficio que publiquemos, gracias por seguirnos.

VIGENTES

LO ÚLTIMO

TENDENCIA