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Subsidio Sueldo Mínimo Mypime

¿En qué consiste el Subsidio al sueldo mínimo para Mipymes?

El subsidio sueldo mínimo para mipyme consiste en un pago que se entrega mensualmente a micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades.

Este pago permite cumplir con el nuevo sueldo mínimo a establecido en la Ley Nº 21.456 y no está afecto a impuesto alguno.

¿Cuál es el monto del beneficio?

El monto entregado por trabajador(a) será de:

  • $32 mil pesos a partir de enero 2023.

Monto entregado al empleador dependerá de:

  • El número de trabajadoras y trabajadores de la Mipyme que reciben el sueldo mínimo en el mes definido para el cálculo del beneficio (esta información es proporcionada por la AFC).
  • La variación en el número de trabajadoras y trabajadores de la empresa durante el período de entrega del beneficio.

La solicitud se realiza una sola vez. El primer pago se hará en un plazo de 15 días luego de realizada la solicitud del beneficio. Para los meses siguientes, recibirá el subsidio el último día hábil del mes.

¿Dónde realizar la solicitud?

  • La solicitud se puede realizar directamente en el sitio web oficial del SII.
  • No es necesario ningún documento. Sin embargo, para realizar la solicitud deberás contar con la Clave Tributaria del SII o ClaveÚnica.

¿A quiénes está dirigido?

Pueden acceder empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tengan inicio de actividad en primera categoría antes del 1 de agosto de 2022, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
  • Las empresas que inicien actividad posterior a esta fecha pueden acceder entre enero y abril de 2023, y si el inicio fue entre mayo y julio de 2022 tendrán derecho al subsidio desde enero 2023.
  • Que las ventas y servicios del giro sean superiores a 0,01 Unidades de Fomento (UF) e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Tengan uno o más trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo con el período contemplado en la Ley.
  • Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas antes del 1 de mayo de 2022.

¿Quiénes NO pueden acceder al beneficio?

  • Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) en que el dueña o dueño sea la única trabajadora o trabajador, o SpA en que uno los accionistas sea la única trabajadora o trabajador.
  • Empresas que tengan inicio de actividad desde el 30 de abril de 2022 y en la que un socio o accionista sea persona jurídica.
  • Empresas que tengan código de actividad financiera y de seguros.

¿Cómo solicitar el beneficio?

  • Debes ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y buscar el botón del Subsidio Sueldo Mínimo para MYPYMES o simplemente puedes entrar a https://www.sii.cl/destacados/subsidio_mipymes/subsidio_mypimes.html
  • Solicita el Beneficio ingresando con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica.
  • En el sistema aparecerá la identificación de la empresa, además se informará automáticamente si puedes acceder al beneficio y el monto del beneficio que te corresponde el primer mes. Si cumples con los requisitos, haz click en “solicitar subsidio”.

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