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Bono de Reconocimiento: ¿Quiénes pueden recibirlo?

¿Cómo se solicita el beneficio?

El Bono de Reconocimiento es una ayuda entregada a los trabajadores que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP. Este beneficio representa los períodos de cotizaciones que un trabajador o trabajadora, incorporado al actual sistema previsional de las AFP, haya registrado en las cajas de previsión del antiguo régimen.

Este bono se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual para, de esta forma, sumar ese monto a los ahorros acumulados cuando en la pensión, ya sea por vejez o invalidez, o cuando fallezca.

¿Cómo se calcula?

El cálculo se realiza mediante la aplicación de una fórmula matemática que utiliza un conjunto de datos y factores predeterminados que generan un resultado denominado “valor nominal” (a la fecha de afiliación).

Se realiza en forma automática por un sistema computacional de acuerdo con los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional. El valor del bono se reajusta anualmente (según el IPC). Obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que la persona ingresó al sistema previsional de AFP.

¿Cómo se solicita el Bono de Reconocimiento?

El beneficio se debe solicitar directamente en la AFP a la que la persona está afiliada. Ahí deberá completar el formulario de Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento y el detalle de empleadores, cuando corresponda.

Estos formularios están en poder de cada AFP y deben indicar en forma clara:

  • Los datos personales.
  • Fecha de afiliación.
  • Caja de Previsión a la cual perteneció antiguamente.
  • Empleadores.
  • Períodos trabajados.

¿Quiénes reciben el Bono de Reconocimiento?

El Bono de Reconocimiento lo pueden recibir los imponentes de cualquiera de las exCajas de Previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
  • Si no lo cumple, debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

En detalle, reciben el beneficio todas las personas cuya última imposición pertenezca a una de las siguientes ex Cajas:

Desahucio

  • Empart (Caja de Previsión de Empleados Particulares).
  • Sepregas (Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago).
  • Capregil (Caja de Previsión de Trabajadores de Gildemeister).
  • Serecch (Sección de Retiro de los Empleados de Mauricio Hochschild).
  • Capresal (Caja de Previsión para Empleados del Salitre).
  • CBP (Caja Bancaria de Pensiones).
  • Sepccu (Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas).
  • Capremer (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Empleados y Oficiales).

Indemnización

  • SSS (Servicio de Seguro Social).
  • Triomar (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Tripulantes y Operarios).

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