¿Desde cuándo puedo cobrar la deuda?
La ley de Responsabilidad Parental permitirá realizar el cobro del pago de la pensión alimenticia a quienes adeuden, al menos, un mes de lo establecido por un tribunal. Para esto, una vez que la norma entre en vigencia se podrá exigir el pago por medio de la retención de los fondos de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros. Además, se dará inicio a un Registro Nacional de Deudores.
La nueva ley comenzará a regir a partir de 6 meses más, tiempo en que los tribunales deben comenzar a operar en conjunto con instituciones financieras para exigir los pagos adeudados.
La nueva ley de responsabilidad parental, se podrá establecer un mecanismo de pago permanente de la deuda de pensión de alimentos. Además, mejorará el acceso a la información financiera de las personas deudoras. En ese sentido, será el Estado el encargado de investigar las cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión que estas tengan.
La ley buscará el pago de pensión alimenticia por medio de un procedimiento especial, cuando la persona alimentante adeude al menos, una mensualidad fijada por un tribunal de familia.
Para que el mecanismo se inicie, el representante de los niños a quienes se les adeuda el pago, debe solicitar la retención de los fondos de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros del deudor.
En caso de que no se tenga conocimiento de las cuentas bancarias u otros datos relativos, el tribunal de familia será el encargado de investigar el patrimonio del deudor de pensión alimenticio.
Esto lo hará por medio de un sistema de interconexión con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado.
En el caso de que no existan fondos en esos instrumentos, o si tiene, pero no son suficientes para pagar la pensión de alimentos, se pagará mediante sus fondos previsionales (AFP). Por otro lado, la norma contempla que no se podrá perseguir el pago de la pensión de alimentos en los abuelos, cuando estos tengan como única fuente de ingresos la pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivencia.
Por último, la ley hará entrar en vigor el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Esta tiene el fin de mejorar el cumplimiento del pago de estas deudas.
Cabe destacar que actualmente el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género se encuentra trabajando en la implementación del Registro Nacional de Deudores, ley aprobada en diciembre del 2021 y que comenzará a estar vigente a partir de noviembre de este año.
Esta ley establece un mecanismo a cargo del Registro Civil, a través del cual se registra de manera electrónica a aquellos padres/ madres que deban pensión de alimentos por tres meses consecutivos y cinco discontinuos, estableciendo procedimientos que permiten la retención de fondos del deudor o sanciones. Algunas de estas son:
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