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Aguinaldo Fiestas Patrias Pensionados IPS

Conoce el monto que recibirás de Aguinaldo Fiestas Patrias 2021

El Aguinaldo de Fiestas Patrias es un beneficio que entrega el estado de Chile a todos los pensionados del IPS este beneficio se paga junto a la respectiva pensión del mes de septiembre, Además el monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias es de $20.624. A eso se le pueden sumar $10.581 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2021

¿Quiénes son los beneficiarios?

Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez en los siguientes casos:
  • Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

Monto Beneficio:

  • Corresponde a $20.624 por Persona
  • En caso de tener carga familiar se suman $10.581 la cual debe acreditarse al 31 de agosto 2021

Fecha de pago:

El Aguinaldo de Fiestas Patrias será entregado a los pensionados que cumplan con los requisitos junto con su respectiva pensión de septiembre.

IMPORTANTE

  • No debes postular, si eres pensionado este beneficio será cargado automáticamente en el pago del mes de septiembre.
  • El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable), en caso de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).
  • Las personas que perciben asignación familiar a causa de cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia sólo tendrán derecho al aguinaldo en calidad de pensionadas, y no recibirán el incremento de $10.581 por esas cargas.
  • Al respecto, los pensionados y pensionadas de orfandad se consideran carentes de renta y, por lo tanto, sí pueden ser carga familiar de otro.
  • Cada beneficiario sólo tendrá derecho a un aguinaldo, aun cuando goce de más de una pensión, subsidio o indemnización.

Si tienes dudas accede aquí o llama al Call Center nacional 101

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