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SII: Solicita el préstamo para pago de cotizaciones MYPES

Micro y pequeñas empresas desde el 17 de julio ya pueden solicitar préstamo para el pago de cotizaciones adeudadas

El Servicio de Impuestos Internos informó que las Micro y Pequeñas Empresas (Mypes) ya pueden solicitar en el sitio web oficial www.sii.cl el préstamo establecido en la Ley N° 21.354 que les permitirá pagar las cotizaciones de seguridad social declaradas, pero no pagadas, de sus trabajadores que hayan estado con suspensión laboral en algún periodo de 2020 antes del 31 de marzo de 2021.

Este beneficio debe ser reintegrado en 5 cuotas, pagadas una vez al año, que será a partir de la Operación Renta 2023. Conoce más detalles AQUÍ

¿Desde cuándo se puede solicitar?

Este beneficio se puede solicitar desde el 17 de julio al 17 de septiembre de este año.

IMPORTANTE:
  • Al momento de realizar la solicitud, el sistema indicará la información disponible a la fecha. Donde las Mypes que mantengan deudas de cotizaciones de salud con Cajas de Compensación, vuelvan a ingresar en los próximos días, cuando la Superintendencia de Seguridad Social haga llegar al SII la totalidad de la información actualizada y esta sea procesada.
  • Las cuotas no podrán exceder el 10% de las rentas registradas anualmente por las empresas que lo soliciten.
  • En caso de que quedara un saldo adicional después del quinto y último pago, este será automáticamente condonado.
Las Mypes que registran deudas en las cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores que hayan estado con suspensión laboral, y quieran acceder a este beneficio deben:
  • Tener inicio de actividades de primera categoría ante el SII antes del 31 de marzo de 2020.
  • Registrar ingresos anuales por ventas de su giro menores a $726.758.250.
  • Contar con hasta 49 trabajadores al 31 de marzo del 2021.
  • Cumplir con los requisitos del régimen ProPyme o ProPyme Transparente.
  • Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, abril de 2020, y marzo de 2021.
  • De forma adicional, contar con una de estas condiciones:
    • Tener ingresos en por los menos 2 meses del 2020 o 2021 (hasta el periodo tributario de abril, que se declara en mayo);
    • Haber contratado a un trabajador durante el año 2020.

¿Quiénes no pueden solicitar el préstamo?

No podrán solicitar el préstamo aquellas empresas que se desempeñan en rubros financieros o de seguros, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 21.354.

Cálculo de montos y modalidad de pago:

El cálculo del monto se realizará en base al total de las cotizaciones de seguridad social declaradas y no pagadas de los trabajadores suspendidos entre abril del 2020 a marzo de 2021, Donde sera a través del cruce de la información proporcionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), el Instituto de Previsión Social y las Superintendencias de Pensiones, de Salud y de Seguridad Social (SUSESO). Donde con los datos recibidos, el SII enviará la información a Tesorería para que esta realice la transferencia a la AFC, institución que será la encargada de pagar las cotizaciones adeudadas directamente a las instituciones que correspondan.

Para realizar la solicitud debe realizar los siguientes pasos:

  • Ingresa al sitio web oficial https://homer.sii.cl/beneficios_mypes.html
  • Luego “Ingresa aquí” Préstamo para pago de cotizaciones MYPE
  • Clic en “Solicitar y consultar préstamo para el pago de cotizaciones”

En caso de que tenga dudas llame a la línea 600 329 2011

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