¿En que consiste?
Afiliados con enfermedades terminales y diagnosticados con expectativas menor a 12 meses podran:
- Acceder a una Renta Temporal por 12 meses, reservando recursos para pensión de sobrevivencia y cuota mortuoria, si corresponde.
- Todo el saldo restante se podrá retirar como Excedentes de Libre Disposición
¿Quienes podrán acceder?
- Afiliados activos al sistema de pensiones de AFP.
- Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalides total o parcial o sobrevivencia, bajo todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia.
- Pensionados Ley de Accidentes y Enfermedades Profesionales N° 16.744
¿Cuáles serán los plazos?
- La ley entrará en vigencia el 01 de Julio.
- Enfermos terminales en situaciones especialmente graves y sujetos a cuidados paliativos, podrán acceder antes del 01 de julio en un régimen transitorio que se implementará prontamente.