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AFPs Informaron Fechas y procesos del Segundo Retiro del 10%

Conoce aquí fechas y nuevos procesos para el segundo Retiro del 10%

Sitios web oficiales de AFPs comenzarán a recibir solicitudes desde Jueves 10 de Dic. A las 10 AM.

Debido a la actualidad que vive Chile por Pandemia la asociación de AFPs destaca la  importancia mantener el cuidado sanitario y evitar aglomeraciones en las sucursales de las entidades. Es por esto que  el proceso será prioritario vía canales digitales (Sitios Web Oficiales)  para ingresar las solicitudes. También enfatizan en preferir los pagos electrónicos.

IMPORTANTE:

No es necesario haber tramitado el primer retiro para acceder al segundo retiro.

¿QUIÉNES LO PUEDEN SOLICITAR?
  • Afiliadas y Afiliados que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual. Que se encuentren en Chile y/o en el extranjero
  • Pensionados que se encuentren recibiendo renta temporal, en los siguientes casos:
    • Retiro Programado,
    • Retiro por vejez,
    • Retiro por vejez anticipada,
    • Retiro por invalidez o sobrevivencia.
  • Los pensionados a través de Renta Vitalicia, sólo podrán acceder a los fondos en caso de que tengan saldo en sus cuentas obligatorias.
PLAZOS:

Las solicitudes de retiro podrán tramitarse una vez la ley sea publicada en el Diario Oficial (se estima a partir del lunes 07 de diciembre, A través de sitios web Oficiales de las Administradoras de Fondos) y durante un plazo de un año. Una vez ingresado el requerimiento, las AFP tendrán 4 días para confirmar la aprobación de la solicitud.

IMPORTANTE:

  • En caso de quesea rechazada (debido principalmente a un error en la digitación de los datos), podrá realizarse una nueva solicitud.
  • Las administradoras hacen un llamado a tener cuidado con estafas. El proceso no requiere clave. A diferencia del primer retiro, se le pedirá al afiliado ingresar dos veces el número de serie de la cédula de identidad, el correo electrónico, el número de teléfono y la cuenta bancaria.

PAGO:

  • Se efectuará en dos cuotas, la primera en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el ingreso de la solicitud; la segunda, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el primer pago.
  • En caso de que se solicite retirar un monto menor o igual a 35 UF, se recibirán los fondos en un solo pago, también en un plazo máximo de 10 días hábiles.

CASOS CON CÉDULA DE IDENTIDAD VENCIDAS:

  • Afiliados que tengan su cédula de identidad bloqueada o vencida más allá del plazo establecido por el Registro Civil, podrán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP con su clave de acceso simple y/o con su clave de seguridad.
  • En el caso de las solicitudes que se realicen de manera presencial, los afiliados serán autentificados a través de la huella digital.

“Según informado por el presidente de asociaciones AFPs Fernando Larraín Pagos de las primeras solicitudes comenzarían el 21 de Dic. Aprox”.

RETENCIÓN DEUDA PENSIONES ALIMENTICIAS:
  • Para que las AFP retengan el retiro de fondos, no basta con la solicitud del demandante por pensión de alimentos. En este caso demandantes deben realizar la solicitud de retención a través de Tribunales de Familia, donde estos enviran una subrogación: es decir, en caso de que el hombre sea el deudor, los tribunales pueden decretar el pago del retiro en beneficio de los hijos que tiene con una mujer, quien entoces se subroga el derecho para solicitar ella el retiro de su ex pareja. Las administradoras que reciban por parte del Poder Judicial una liquidación de deuda por pensión de alimentos y su respectiva sentencia, deberán retener el monto del retiro, debiendo pagar a quien señale el Tribunal.
PAGO DE IMPUESTO:

 El pago de impuestos lo realizará cada afiliado (con rentas mensuales sobre 1,5 millones Imponible) en abril del próximo año. En caso de realizar el retiro a partir de 2021, el pago de impuestos se hace en la operación renta de Abril 2022.

Si tiene dudas acceda al sitio web Oficial de la asociación de AFPs www.mi10afp.cl

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