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Bono de Invierno

Descripción

Se trata de un beneficio en dinero que entrega el Gobierno durante el mes de mayo a los pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, con el objetivo de ayudarles para que puedan enfrentar de mejor manera los gastos que surgen en esta época invernal.

¿A quiénes está dirigido?

Tienen derecho al Bono de Invierno los siguientes grupos de pensionados, siempre que tengan 65 o más años y una pensión menor o igual a $166.191 (monto a abril de 2020):

  • Del Instituto de Previsión Social (IPS).
  • De Pensiones Básicas Solidarias (PBS).
  • Del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • De las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Del Sistema de AFP, siempre que esos pensionados perciban en el mes de mayo el beneficio de Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), o que reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Las personas NO tienen que hacer ningún trámite porque se incluye en el pago de su beneficio mensual, y en la fecha de pago que cada persona ya tiene asignada durante mayo. En el caso de los beneficiarios del IPS, el pago se realiza de la misma forma y en la misma fecha en que la institución paga sus beneficios a través de su red subcontratada de pagos.

En el caso de los pensionados de AFP y otras entidades previsionales, cada institución se hace cargo del pago del Bono de Invierno.

Requisitos

  • Tener 65 o más años al 1 de mayo
  • Una pensión inferior o igual a una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años

Documentos

  • Cédula de identidad (para cobrar la pensión en la que se incluye el pago del bono).

¿Cuál es el costo y la vigencia?

El trámite no tiene costo. Y el beneficio estará vigente mientras la persona cobre la pensión en la que se incluye el bono.

¿Cómo y dónde realizo el trámite?

No es necesario. Para consultas, puede ir a un Centro de Atención ChileAtiende del IPS, llamar al Call Center 101 (en sus horarios habilitados) o escribir en las redes sociales del IPS o de ChileAtiende.

 

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